Isabel y Javier apenas pudieron sostener su matrimonio unos años; en realidad, nunca debieron haberse casado. Tras sólo tres años juntos y una hija en común, decidieron separarse. A pesar de la ruptura, Javier, comprometido con la responsabilidad de ser padre, se aseguró de acordar con Isabel un pago mensual fijo para la manutención de su hija, sin necesidad de formalizar la pensión alimenticia ante el juez. Así se mantuvo durante un tiempo.
Todo cambió una tarde de otoño en Madrid, cuando Javier abrió el buzón y encontró una carta inesperada. El corazón se le encogió al leer que Isabel solicitaba la privación de su patria potestad. ¿Cómo podía ser? Adjuntado, venía un resultado de ADN que afirmaba que él no era el padre biológico de la niña. El padre verdadero resultó ser un hombre con el que Isabel había estado casada legalmente durante varios años, solapando ambos matrimonios. Según todo indicaba, Isabel había llevado una doble vida durante los dos últimos años de su matrimonio con Javier. Durante este tiempo él había cumplido puntualmente, mes tras mes, durante cinco años, ingresando euros para su supuesta hija.
La revelación dejó a Javier completamente destrozado, embargado por el dolor y la traición. Aun así, sentía que tenía el derecho de reclamar todo el dinero que había pagado, pues legalmente no tenía ninguna obligación hacia aquella niña.
En España, la ley contempla la posibilidad de reclamar judicialmente el reembolso de lo abonado si se presenta prueba genética de no paternidad. Ahora, sentado frente a su abogada en la penumbra de su salón, con la ciudad al fondo, Javier prepara la demanda.
Pero la pregunta resuena en el aire, con la intensidad de una duda moral: ¿Está obrando bien al exigir la devolución del dinero?







